jueves, 15 de octubre de 2009

Control del transporte escolar


Hasta el día 28 de octubre
ARRANCA LA CAMPAñA DE CONTROL DEL TRANSPORTE ESCOLAR
Se comprobará que los autobuses escolares cumplen con la normativa
Los agentes de la Guardia Civil de Tráfico comprobarán durante las dos próximas semanas que los autobuses escolares cumplen con la normativa.
Tráfico ha puesto en marcha una campaña de vigilancia y control del transporte escolar y de menores, que durará hasta el miércoles 28 de octubre.

Uso de los cinturones de seguridad
Durante los quince días de duración de la campaña, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil llevarán a cabo inspecciones de dos tipos. Además del control administrativo sobre permisos y autorizaciones, se verificarán las condiciones técnicas y elementos de seguridad del vehículo,así como los requisitos especiales que debe cumplir el propio conductor, como son el permiso de conducción o los tiempos de conducción y descanso.
Desde el curso escolar 2007-2008, todos los vehículos dedicados al transporte escolar deben cumplir todos los requisitos que se recogen en el RD 965/2006 de 1 de septiembre sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores, en el que se estipula la obligatoriedad de que los menores vayan acompañados en el autobús por una persona debidamente cualificada, la antigüedad máxima de los vehículos destinados a este tipo de pasajeros, el seguro de responsabilidad civil ilimitado, las tasas de alcohol en sangre y aire espirado para los conductores de este tipo de transporte o la obligatoriedad de llevar la señal de transporte escolar, entre otros.
Especial hincapié se va a realizar en el control de la utilización de los cinturones de seguridad y sistemas de retención, en aquellos vehículos que los lleven instalados.
Desde octubre de 2007, tanto en España como en el resto de países miembros se deniega la matriculación a cualquier autobús que no tenga instalados los sistemas de retención.
Además, la ley es particularmente minuciosa en lo referente a los asientos enfrentados a pasillo de aquellos vehículos con más de nueve plazas dedicadas a este tipo de transporte, ya que solamente podrán ser ocupados por menores de dieciséis años cuando dichos asientos lleven instalados cinturones de seguridad.
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REAL DECRETO 965/2006, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto1428/2003, de 21 de noviembre.

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