viernes, 5 de junio de 2009

Calendario escolar 2009-2010

Conselleria de Educación
RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2009, de la Dirección
General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se
fija el calendario escolar del curso académico 2009/2010.
[2009/6388


La Orden de 11 de junio de 1998, de la Conselleria de Cultura,Educación y Ciencia (DOGV de 18 de junio), establece los criterios generales por los que se ha de regir el calendario escolar para todos los centros docentes de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas
de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional, Bachillerato, Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas de Idiomas. La citada disposición atribuye a la Dirección General de Centros Docentes, hoy Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, la competencia para dictar la resolución en la que se fije el período lectivo de cada curso académico.
Por otra parte, la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece el número mínimo de días lectivos que debe comprender el calendario escolar.
En uso de las competencias atribuidas por la Orden de 11 de junio de 1998 y las funciones asignadas en el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Educación aprobado por el Decreto 118/2007, de 27 de julio, resuelvo:
Primero
Las actividades escolares del curso académico 2009/2010 se iniciarán y finalizarán, en función de las enseñanzas cursadas, en las fechas siguientes:
En Educación Infantil y Educación Primaria, las actividades escolares comenzarán el 8 de septiembre de 2009 y terminarán el 22 de junio de 2010.
En Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional y Bachillerato, se iniciarán el 15 de septiembre de 2009 y finalizarán el 23 de junio de 2010.
En Enseñanzas Artísticas, de Idiomas y Formación de Personas Adultas, comenzarán el 28 de septiembre de 2009 y finalizarán el 23 de junio de 2010.
Segundo
El alumnado que curse primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria en un centro, que de forma provisional, imparta estas enseñanzas acomodará el inicio y la finalización de sus actividades a lo establecido en el punto 1 de apartado anterior, El alumnado se incorporará al centro en la fecha indicada segúnlos estudios cursados, sin que pueda escalonarse dicha incorporación,salvo la prevista en la normativa vigente para el alumnado que accede por primera vez al centro para cursar Educación Infantil.
Para facilitar la incorporación del alumnado, previo acuerdo del Consejo Escolar del centro, se podrá anticipar un día el inicio de las actividades escolares del alumnado de primer curso de Educación Secundaria Obligatoria.
Tercero
En el presente curso escolar las actividades escolares lectivas del alumnado de Educación Infantil y Educación Primaria comportarán entre 862 y 877 horas lectivas.
En los dos primeros cursos de Educación Secundaria Obligatoria,las horas lectivas deberán ascender entre 1.021 y 1.039 horas lectivas.
En tercer y cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria se añadirán dos horas semanales más a las previstas en el apartado anterior.
Los centros que impartan Bachillerato y ciclos formativos de Formación Profesional ajustarán sus horas lectivas a lo establecido en los correspondientes reales decretos por los que se aprueban los respectivos títulos y se establecen los currículos actualmente vigentes.
Las actividades de evaluación del alumnado del segundo curso del Bachilleratos se programarán en los centros, según las necesidades derivadas de su inscripción en las pruebas de acceso a los estudios universitarios.
Los conservatorios de Música y de Danza, la Escuela Superior de Arte Dramático, las escuelas de Artes y Superiores de Diseño, las escuelas oficiales de Idiomas y las escuelas Superiores de Cerámica se ajustarán a lo establecido en la normativa que regula los planes de estudio que se encuentren en vigor.
Cuarto
Los periodos de vacaciones del curso 2009/2010 serán los siguientes:
Vacaciones de Navidad: desde el 23 de diciembre de 2009 al 6 de enero de 2010, ambos inclusive.
Vacaciones de Pascua: desde el jueves 1 al lunes 12 de abril de2010, ambos inclusive.
Quinto
Durante este curso escolar serán festivos y no lectivos los días siguientes:
9 de octubre, Día de la Comunidad Valenciana
12 de octubre, Día de la Hispanidad
7 de diciembre
8 de diciembre, Inmaculada Concepción
19 de marzo, San José
Sexto
Las pruebas extraordinarias de septiembre deberán estar finalizadas con anterioridad al día 6, fecha en que se entregarán las calificaciones de las mismas.
Valencia, 28 de mayo de 2009.– El director general de Ordenación
y Centros Docentes: Francisco Baila Herrera

No hay comentarios: