viernes, 5 de junio de 2009

Bonolibro.

Conselleria d’Educació

ORDEN de 26 de mayo de 2009, de la Conselleria de Educación,
por la cual se determina el crédito que debe financiar
las ayudas para la adquisición de libros de texto para
el alumnado que cursa primero a cuarto curso de Educación
Secundaria Obligatoria, así como el bonolibro para
el alumnado que cursa primero a sexto de Educación Primaria
en centros financiados con fondos públicos, para el
curso 2009-2010, regulados en la Orden de 9 de diciembre
de 2008. [2009/6496]

La convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto
para el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y el programa
para la gratuidad progresiva de los libros de texto del alumnado de la
Educación Primaria, mediante el bonolibro, ambos escolarizados en
un centro público o en un centro privado concertado en la Comunitat
Valenciana para el curso 2009-2010, aprobada por la Orden de la Conselleria
de Educación de 9 de diciembre de 2008 (DOCV núm. 5915
de 17 de diciembre), fue realizada según lo que dispone la Orden de
26 de septiembre de 1994, de la Conselleria de Economía y Hacienda,
sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, así como de
conformidad con el artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General
de Subvenciones, por lo cual la financiación de dichas ayudas quedó
condicionada a la aprobación de los créditos correspondientes.
Una vez aprobada la Ley 17/2008, de 29 de diciembre, de Presupuestos
de la Generalitat (DOCV núm. 5924 de 31 de diciembre) para
el ejercicio 2009 y de acuerdo con lo que preceptúa el núm. 11 del artículo
47 de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana,
Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo de 26 de junio
de 1991, del Consell de la Generalitat Valenciana, cabe dar publicidad
a la cuantía de las ayudas para la adquisición de libros de texto y al
crédito destinado a financiar dichas ayudas y el bonolibro, regulados
en la Orden de 9 de diciembre de 2008 de la Conselleria de Educación
antes citada.
Segundo. Importe de las ayudas para la adquisición de los libros
de texto

La cuantía individual de las ayudas para la adquisición de libros
de texto para el alumnado que curse Educación Secundaria Obligatoria
será como máximo de:
Primero, segundo, tercero y cuarto curso: 125 euros.
Tercero. Importe del bonolibro

La cuantía individual del bonolibro, para el alumnado que cursa
Educación Primaria, será como máximo de:
Primero y segundo curso: 122 euros.
Tercero y cuarto curso: 127 euros.
Quinto y sexto curso 132 euros

1 comentario:

Anónimo dijo...

Me gustaría que se publicara como se accede al bonolibro, ¿qué hay que hacer?. Mi hija el año que viene cursará primero de primaria y no sabems los tramites a realizar. Gracias